Hacia un marco común europeo para facilitar el e-commerce
Habrá nuevas reglas de juego en el comercio electrónico. Con el fin de proteger más al consumidor y unificar criterios básicos entre los países de la Unión Europea, en 2014 estrenaremos en España la nueva regulación del e-commerce.
Un paso más en el camino a un marco regulatorio común para facilitar las transacciones entre los estados miembros de la UE.
Está previsto que la nueva norma entre en vigor en junio de 2014. El Instituto Nacional de Consumo ha sido el encargado de elaborar este anteproyecto de reforma de la Ley General para la defensa de Consumidores y Usuarios, aprobado ya en Consejo de Ministros. El objetivo es adaptar al marco español la Directiva comunitaria 2011/83/UE.
La nueva norma establece que habrá un impulso a la protección de los consumidores y usuarios europeos y a la consolidación de un mercado interior, dirigido a reforzar la seguridad jurídica –tanto de consumidores como de empresarios- y eliminar disparidades existentes en la legislación europea de los contratos de consumo “que crean obstáculos significativos en el mercado interior”.
Para vencer esos obstáculos y seguir favoreciendo el comercio electrónico –que en España facturó 2.882 millones en el primer semestre de este año– en el ámbito comunitario, la nueva norma establece, principalmente, los siguientes cambios:
1-Reforzamiento de la información al comprador: se les debe informar de la existencia y las condiciones de los depósitos u otras garantías financieras; de la existencia de la garantía legal de conformidad de los bienes; existencia y condiciones de los servicios postventa y de las garantías comerciales que se otorguen.
2-Para venta de contenido digital: se debe informar de la funcionalidad del mismo, medidas técnicas de protección aplicables, interoperabilidad relevante con los aparatos y programas
3-Requisitos de los contratos: el sitio web debe indicar de forma muy clara al iniciar el proceso de compra si se aplica alguna restricción de suministro y cuáles son las modalidades de pago que se aceptan.
4-Regulación del derecho de devolución: se fija para los Estados miembros un plazo de 14 días naturales para ejercer el derecho de desestimiento. También se introduce un nuevo modelo informativo para ejercer ese derecho y se crea un nuevo formulario de devolución.
5-Uso de medios de pago: Se prohíbe al empresario el cobro de cargos que excedan el coste soportado por el empresario por el uso de los medios de pago.
ELENA GONZÁLEZ
TrocoBuy Communication Manager







